La Suprema Corte de Justicia de la Nación invalidó el artículo 40 de la ley que regula la intervención de los cuerpos policíacos en el estado de México, por considerarla inconstitucional.
El citado artículo viola los principios de absoluta necesidad y proporcionalidad, ya que la ley en su conjunto carece de certeza; no precisa bajo qué condiciones o en qué casos se debe aplicar la fuerza como primera opción.
Seis de 11 ministros votaron por la inconstitucionalidad del artículo 34, fracciones II y IV de la ley referida, que prevé el uso de armas incapacitantes como dispositivos de control eléctrico que generen parálisis muscular y sustancias irritantes, no se alcanzaron los ocho sufragios que exige la ley para invalidar la norma.
Por parte de los ministros que votaron en contra del proyecto del dictamen, elaborado por Alberto Pérez Dayán, y de la validez del artículo impugnado, Norma Lucía Piña Hernández señaló que la ley habla de armas letales, intermedias, incapacitantes y de fuego, lo que genera inseguridad jurídica.
Al continuar la discusión de las acciones de inconstitucionalidad presentadas por las comisiones Nacional y Estatal de Derechos Humanos, el ministro instructor, Alberto Pérez Dayán, sostuvo que el uso de la fuerza debe ser el último recurso de la autoridad; es el núcleo fundamental del proyecto, recordó.
Pérez Dayán resaltó que bajo ninguna concepción democrática y basada en los derechos del hombre, puede ser entendida como la primera opción a la que deben recurrir los agentes del orden público en el desempeño de sus funciones.
Con información de La Jornada
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