La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó en su totalidad el decreto del presidente Andrés Manuel López, donde clasificaba de interés público y seguridad nacional los proyectos de su gobierno, como la construcción del Aeropuerto Internacional Felipe Ángeles, el Tren Maya, la refinería de Dos Boca, entre otros.
Este decreto, el cual entró en vigor en noviembre de 2021, se analizó debido a la controversia constitucional presentada por el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI).
El ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá, encargado del proyecto, señaló que el acuerdo presidencial es inconstitucional porque obstaculiza e inhibe el acceso a la información. Además de permitir que los sujetos obligados sitúen toda la información sobre el desarrollo de las obras y proyectos, lo cual está establecido en el artículo 113 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, el cual señala como supuesto de reserva aquella información que comprometa la seguridad nacional.
A pesar de que varios ministros estuvieron en contra de invalidarlo, con el argumento de que partía de una premisa equivocada al suponer que determinadas obras publicas fueran declaradas seguridad nacional.
El próximo lunes, los ministros determinarán cuáles serán los efectos de dicha resolución.